Se deberá incluir como mínimo la siguiente información:
- Datos identificativos del edificio, procedimiento de cálculo utilizado y reconocido por el Ministerio, normativa de eficiencia energética vigente cuando se construyó, descripción de las característica energéticas del edificio, es decir, aspectos constructivos e instalaciones, orientación, régimen de uso y ocupación, condiciones de confort.
- Etiqueta energética indicando la calificación obtenida.
- Y finalmente, recomendaciones para la mejora en la calificación que deberán ser técnicamente viables. Es aconsejable que se incluya una estimación de los plazos de recuperación de la inversión y de la rentabilidad durante su ciclo de vida útil (Real Decreto).
En cualquier caso las recomendaciones tendrán un carácter informativo y no obligatorio. Sin embargo para incentivar las operaciones de renovación energética el Estado está preparando un conjunto de ayudas económicas con un criterio de proporcionalidad con el nivel de mejora obtenido.
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